Por David González Corchado
De la Asociación Cultural Filatélica y Numismática Cacereña
Miembro de la Sociedad Filatélica de Madrid
Académico de Número de la Real Academia Hispánica de Filatélia e Historia Postal
Uno de los mayores misterios que existe hoy en día dentro del llamado periodo prefilatélico, y que forma parte de nuestra rica historia postal es el conocimiento de las tarifas postales que rigieron durante los siglos XVI y XVII para el correo interior en España (englobando en esta denominación a los reinos y señoríos de la Península Ibérica, incluido Portugal). Algunos investigadores han aventurado o deducido diferentes tesis al respecto, aunque ninguno, hasta la fecha, ha sabido resolver de forma satisfactoria todos los interrogantes que las anotaciones de muchos sobrescritos nos planteaban.
Hay que comenzar haciendo la precisión de que esta tarifa se aplicaría exclusivamente a la correspondencia pública abierta a particulares, que nada tenía que ver con la tasación de los viajes que se realizaban al despachar a los correos extraordinarios, calculados en función de la distancia y el número de leguas al día realizadas por dichos correos.
Moneda de 1/2 real acuñada en Segovia, 1651. Medida: 15 mm
Para poder exponer algunas de las conclusiones obtenidas al respecto de las tarifas postales de los siglos XVI y XVII hemos tenido que acudir a un tipo de fuentes primarias muy distintas de las que estamos acostumbrados a manejar basadas en la legislación postal de la época. La práctica inexistencia de este tipo de normativa legal en el periodo conocido como de los “Privilegios Postales”, nos obliga a recurrir a otros documentos donde, de forma más o menos explícita, se nos ofrece la información que buscamos. Cartas, memoriales o pleitos judiciales, son las fuentes principales en las que basaremos la teoría que vamos a ofrecer, procurando interpretarlas siempre con la necesaria cautela que deben ofrecernos dichas fuentes, tanto en lo que se refiere a la subjetividad de las mismas como al periodo en que fueron escritas. No obstante consideramos las aseveraciones incluidas en los citados documentos como perfectamente válidas para aportar unas argumentaciones suficientemente bien fundadas y ante todo veraces sobre el criterio seguido en el momento de portear las cartas.
En el presente artículo vamos a tratar de exponer nuestras conclusiones basadas en el análisis de los citados documentos.
Carta circulada de Bilbao a Medina del Campo en 1578, con anotación “de porte medio real 17” (1º escalón)
Podemos afirmar con cierta contundencia que el criterio seguido a la hora de calcular los portes de la correspondencia ordinaria para el interior de los Reinos de España se basaba exclusivamente en el volumen del envío y no en la distancia recorrida. Con esta misma rotundidad se expresa Bartolomé Leonardo de Albión, correo mayor de Aragón hacia el año 1677 en un memorial presentado al virrey de Aragón: «y todo el beneficio grande de la correspondencia; cuya armonia necessita de gastos y su recompensa consiste en tan moderados portes como de medio real, por la conducción de una carta de Madrid, Sevilla, toda Castilla, Navarra, Valencia, Cataluña, y de los confines más remotos del continente de España«
Pedro de Valda y Moya, correo mayor de Valencia, en el transcurso de un pleito que se sigue contra él por alterar el porte de las cartas llegadas a su oficio, hace también entre 1658 y 1661 diferentes alusiones a la tasación de las cartas y al criterio seguido para su cálculo: «En esta ciudad y Reino de Valencia dice que toda la vida el oficio de correo maior ha sido quien ha utilizado por cosa propia los portes y emolumentos de las cartas porque no tiene otra cosa, ni gajes, ni salario de Vuestra Majestad y la forma que se ha tenido para cobrar los portes y tasa y valor de ellos es (en dicha ciudad y Reyno) (…) de las de España a razón de medio real por carta de pliego de papel y al respecto según el volumen y tamaño del pliego«
Carta circulada de Vitoria a Medina del Campo en 1565, con anotación “de porte un real” (2º escalón)
Existen una decena más de referencias sobre el porte de medio real (17 maravedís) o su equivalente en moneda local (un sueldo en el caso del Reino de Valencia) para las cartas llamadas sencillas (que se corresponderían con un pliego) y el criterio de proporcionalidad en el precio en función del incremento del peso o volumen del envío.
Lo dicho anteriormente, puede corroborarse a la luz del examen realizado a las cartas con porteos del Archivo Simón Ruiz, investigado en su día por Fernando Alonso quien plasmó sus conclusiones en el libro “El Correo en el Renacimiento Europeo”. Tomando como referencia el número de cartas con porteos, contenidas en dicho archivo circuladas desde España y Portugal en el periodo 1553-1630, obtenemos los siguientes datos:
- Cartas con porteos definidos con origen en España y Portugal hasta tres reales: 13.896 cartas
- Cartas porteadas con medio real (17 mrv): 11.121 cartas (81,03 %)
- Cartas con porteos superiores a medio real: 1.076 cartas (7,74 %)
- Cartas con porteos inferiores a medio real: 1.699 cartas (12,23 %)
Carta circulada de Sevilla a Madrid en 1583,
con anotación “de porte dos reales” (4º escalón)
De las 1.076 cartas tasadas con un porte superior a 1/2 real podemos observar que el 97 % se corresponden con porteos múltiplos de la tarifa para una carta sencilla: 928 cartas porteadas con 1 real, 36 cartas porteadas con real y medio, 70 cartas porteadas con dos reales, 2 cartas porteadas con dos reales y medio, y 10 cartas porteadas con tres reales.
La conclusión parece evidente y confirma fielmente lo reflejado en las fuentes, y es que existía una tarifa para el correo interior proporcional al volumen y no a la distancia, estableciendo el porteo inicial de las cartas sencillas en 1/2 real de vellón, o lo que es lo mismo en 17 maravedís; estableciéndose una proporción en escalones de medio real en función del peso y volumen del envío, contabilizando éste por el número de pliegos que contenía.
En virtud de lo antedicho, nuestra propuesta para un primer tarifario postal para la correspondencia interior de España sería el siguiente:
PRIMERAS TARIFAS POSTALES DE ESPAÑA PARA EL CORREO INTERIOR (S.XVI Y XVII) Aplicables a toda la correspondencia de dentro de España y Portugal |
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Tamaño de la Carta | Porte en reales de vellón | Porte en maravedís |
Hasta 1 pliego más fracción | 1/2 | 17 |
Hasta 2 pliegos más fracción | 1 | 34 |
Hasta 3 pliegos más fracción | 1 ½ | 51 |
Hasta 4 pliegos más fracción | 2 | 68 |
Hasta 5 pliegos más fracción | 2 ½ | 85 |
Hasta 6 pliegos más fracción | 3 | 102 |
Cada pliego sucesivo que se incorporase iría añadiendo 1/2 real al porte |
Como aclaración hay que indicar que el pliego común era una pieza de papel de forma cuadrangular, doblada por la mitad que tenía unas dimensiones aproximadas de 435 mm de largo por 315 de ancho (medidas ligeramente superiores a las de los actuales DIN A3). Cuando hacemos mención a una fracción, nos estamos refiriendo a una hoja suelta de medio pliego en la que podría continuar el texto de la carta, también podrían incluirse papeles de inferior tamaño, o incluso a la propia cubierta que envolvería la carta, la cual cuando albergaba en su interior varios despachos o sobrescritos también recibía el nombre de pliego.
Carta circulada de San Sebastián a Madrid en 1657, con la abreviatura más popular para el medio real: “Mº RL”
Según tenemos noticia, en los oficios de correo italianos de aquella época, existía un empleado que cumplía la función de tastatore el cual se dedicaba a palpar los sobrescritos para, en base a ello, tasar y corregir los porteos de las cartas que venían manuscritos por el remitente. Es muy posible que dicha práctica también fuera llevada a cabo en España por uno de los oficiales del correo mayor.
Consideramos importante hacer algunas precisiones respecto a la moneda empleada en el pago de los portes, ya que para el correo interior se utilizaba siempre el real de vellón, y no el real de plata que equivalía aproximadamente al doble del valor del primero. Conocemos algunos casos en los que el correo mayor trató de estafar a los usuarios pretendiendo cobrar los portes en reales de plata, de ahí que en algunas ocasiones el porteo venga reflejado en los frontales de los sobrescritos en reales con su equivalencia en maravedís.
No deja de ser curioso que durante todo el tiempo que estuvo vigente esta tarifa (cerca de 200 años) no sufrió ninguna alteración generado por los vaivenes ocasionados por la depreciación de la moneda de plata española que incluso obligó a la Corona a promulgar diferentes decretos de precios para adaptar el coste de determinados productos o servicios a los cambiantes valores de las monedas. No obstante, sí que parece que se produjeron ligeras alteraciones en la equivalencia de los reales con maravedís en diferentes territorios, como es el caso de alguna carta porteada con 16 maravedís como correspondencia con medio real.
Hasta aquí hemos intentado presentar la primera tarifa postal para correo interior obtenida a la luz de las fuentes documentales primarias. Somos conscientes de que aún quedan muchos interrogantes por resolver sobre esta cuestión como la existencia de los llamados “portes moderados”, es decir, los tasados con una cantidad inferior a la de medio real, la vigencia temporal de esta tarifa y otras peculiaridades relacionadas con el envío de la correspondencia. Todas estas cuestiones serán abordadas en próximos artículos.
Carta circulada de Cáceres a Villanueva de la Serena en 1641, con la anotación abreviada “Pte mº Rl – 16 ms”
Tradicionalmente la historiografía postal ha venido denostando esta desconocida primera tarifa, precisamente porque lo ignoraba todo sobre ella, tachándola de rudimentaria, confusa y hasta de caótica en su aplicación. La contraponía a las sofisticadas tarifas postales de los siglos XVIII y XIX, que aparentemente parecían mucho más avanzadas y acordes con las divisiones territoriales. Nada más alejado de la realidad: España no volverá a contar con una tarifa como la del siglo XVI, con vigencia para todo el territorio nacional y basada exclusivamente en el peso del envío, hasta el año 1845. Precisamente, una tarifa muy similar a la de la época de los Tassis es la vigente actualmente en nuestro país y todo ello gracias a su sencillez, claridad y efectividad. Como diría Eugenio d’Ors: “Entre dos explicaciones, elige la más clara; entre dos formas, la más elemental; entre dos expresiones, la más breve”.
Bibliografía y fuentes consultadas:
- ARCHIVO DE LA CORONA DE ARAGÓN (CONSEJO DE ARAGÓN) Legajo: 562 Sobre las materias de dos Pedro de Valda, correo mayor de Valencia. Legajo 024 Referente al correo mayor y portes de las cartas.
- UNIVERSITAT DE VALÈNCIA. Fondo antiguo. Sig.: A-D2. Hecho y Discursos sobre los pleytos ciuiles, que leua Don Pedro de Valda, Cauallero de la Orden de SaNtiago, y Correo mayor de su Magestad en la Ciudad de Valencia, con el Abogado Patrimonial de su Magestad en la Real Audiencia de dicho Reyno, y otras particulares personas: y en defensa del pleyto fiscal contra dicho Don Pedro, vnos, y otros, sobre el derecho, y portes de las cartas, y pliegos que llegan de qualquier parte à dicha Ciudad, y Reyno. Año 1658.
- BIBLIOTECA PÚBLICA DEL ESTADO DE HUESCA. Sig.: B-46-7194(24).Ilustrissimo Señor. Don Bartolome Leonardo de Albion, Cavallero Noble del presente Reino, Correo Mayor por su Magestad, y Mayordomo de su Alteza Serenissima, hallandose noticioso de que se intenta proponer a la Corte General el establecimiento de la tassa y reforma del porte de las Cartas
- MONTÁÑEZ MATILLA, María.- “El Correo en la España de los Austrias”. Madrid, C.S.I.C., 1953.
Fuente: EL ECO Filatélico y Numismático | N.º 1.234 | Noviembre 2014
Magnífico artículo, David. Tu teoría me parece muy bien fundada y lógica. Espero con interés la continuación,
Enhorabuena y muchas gracias.
Las referencias para deducir esta tarifa de costumbre las encontramos en los textos más insospechados: el cronista Pinheiro da Veiga al hablarnos de la disoluta vida de Juan de Tassis y Peralta (conde de Villamediana) nos cuenta que: “a pesar de que don Juan estaba casado con una dama principal, más hermosa que la marquesa, tiene ya gastados con esta última más de treinta mil ducados, que hacen seiscientos mil portes de cartas”. Don Juan de Tassis, en su calidad de Correo mayor general de España, percibía como parte de los frutos de su oficio los portes de todas las cartas de particulares que llegaban a la corte. Si dividimos el importe de lo gastado por el conde con su amante (30.000 ducados) entre los 17 maravedís (medio real) con los que, según nuestra teoría, se porteaban las cartas sencillas, se arroja la cantidad exacta de 612.353 cartas remitidas por el correo; lo que viene a confirmar tanto la original comparación realizada por el cronista, como nuestra teoría del medio real para el envío de las cartas sencillas en el interior de España durante los siglos XVI y XVII.
Un gran artículo.
Me gusta mucho leerlo de cuando en cuando.
Muchas gracias por compartirlo