Por Fernando Aranaz y Eduardo Consejo
de la Sociedad Filatélica de Madrid (SOFIMA)
Miembros de la Real Academia Hispánica de Filatelia e Historia Postal
Trabajando en nuestra enciclopedia del correo aéreo en España, que tanto nos entretiene, solemos encontrarnos a menudo con enigmas a veces complicados y de difícil explicación. Las cartas objeto de este artículo plantearon uno de esos enigmas, inicialmente inquietantes, pero enseguida dimos con una razonable explicación.
En primer lugar tenemos una carta por avión de Madrid a Barcelona del 22 de febrero de 1935[1], obviamente destinada a ser circulada por la compañía explotadora de los servicios aéreos postales de la época, las Líneas Aéreas Postales Españolas (LAPE). La línea Madrid – Barcelona fue la primera con la que LAPE comenzó a prestar servicios en la España republicana, en el año 1933, junto con la que unía Madrid con Sevilla.
La carta va franqueada con dos sellos de 30 céntimos dedicados a Gumersindo de Azcárate, destacado jurista, historiador y pensador en la España del siglo XIX, catedrático de Economía Política y luego diputado por el Partido Republicano Democrático Federal, de la serie “Españoles ilustres” de 1933.
Examinando el anverso del sobre, el franqueo es conforme a la tarifa vigente: 30 cts. (carta) + 30 cts. (sobreporte aéreo = 100% tarifa básica). Los sellos están inutilizados por cancelador circular “AVION / 27 FEB 35 9N / MADRID”. Además lleva la preceptiva etiqueta “CORREO AEREO / PAR AVION”. Todo en orden, aparentemente.
Pero veamos ahora el reverso, que suele ofrecer información relevante y, con frecuencia, definitiva.
Nos encontramos con dos marcas que no tendrían por qué estar ahí:
- Ambulante “CERTIFICADOS” del 27 FEB 35, parcialmente ilegible.
- Marca circular “URGENTES / 28 FEB 35 5T / BARCELONA”
Parece claro que la carta no pudo circular por avión, como estaba previsto, y tuvo que ser transportada por ferrocarril. Investigando en las hemerotecas, en esos días hubo fuertes temporales de lluvia y viento en Francia y España, de modo que, probablemente, ante la posibilidad de que no se pudiera volar la mañana del día 28, el correo aéreo fue enviado por ferrocarril la noche de la víspera, haciéndose el reparto con carácter de urgencia.
Esta circunstancia se constata por la breve nota aparecida en el diario La Vanguardia de Barcelona que reproducimos a continuación[2], donde se confirma que no hubo vuelo procedente de Madrid el 28 de febrero. Por otra parte, en el extracto de esta reseña se puede comprobar que, sin embargo, sí se efectuó el vuelo Barcelona-Madrid, que despegó del aeródromo del Prat a las 09:50.
Poco después hemos encontrado otra carta, también de Madrid a Barcelona, del 24 de mayo de 1935[3], para ser circulada por avión y correctamente franqueada, de nuevo con dos sellos de Azcárate (30 cts. + 100% sobreporte aéreo, total 60 cts.), con una rara marca a dos líneas en color violeta “VUELO NO / EFECTUADO” y en el reverso llegada a Barcelona el 25 de mayo con cancelador de correspondencia urgente (hora: 9M).
Cabe destacar que el cancelador utilizado en Madrid, circular, es de la “SECCIÓN NOCTURNA” (parece, aunque se ve borroso, que la hora es 11N) y no el circular “AVION / MADRID”, como en el caso de la carta anterior. Es decir, parece que en el primer caso (carta de febrero) no estaba claro a la hora de inutilizar el franqueo que, en lugar de ir por avión, la carta iba a tener que ser reconducida por ferrocarril, mientras que en el segundo caso (carta de mayo) esta circunstancia ya estaba fuera de duda antes de cancelar los sellos.
Al igual que en el caso de la carta anterior, hemos acudido a la hemeroteca del diario La Vanguardia de Barcelona del día 26 de mayo[4], donde no se lee mención alguna sobre vuelos entre Madrid y Barcelona el sábado 25 de mayo, en ninguno de los dos sentidos.
A título general, cabe mencionar que los movimientos de aeronaves se publicaban cada día; por ejemplo, en el extracto del periódico del día 25 de mayo[5], que también reproducimos, se puede leer mención a que, la víspera, los Fokker de LAPE cubrieron los dos servicios, en cada sentido, sin novedad.
NOTA: El Real Decreto de 17 de octubre de 1919 (Gaceta de Madrid de 19 de octubre), que establecía todo lo relativo a la recepción y entrega de la correspondencia aérea, determina, en su artículo 6º:
“La entrega al destinatario de la correspondencia aérea se hará con el carácter de urgente y por los medios más rápidos de transporte, inmediatamente a su llegada a la oficina de destino, quedando derogadas para estos efectos las limitaciones que los Reglamentos postales establecen sobre la entrega de noche de la correspondencia a domicilio”.
Quedan así justificadas, a nuestro entender, las marcas de correspondencia urgente impuestas en el reverso de ambas cartas.
NOTAS:
[1]
[2]
[3]
[4]
[5]
Fernando,
Interesante y curiosa pieza de Aerofilatelia española.
Para quienes se puedan preguntar si un sobre no volado por avión puede incluirse en una participación competitiva en la clase de Aerofilatelia, cito aquí el punto 3.1.1. B) de las Directrices para la Evaluación de colecciónes de Aerofilatelia:
B) Los objetos preparados para volar, pero que no volaron debido a una razón legítima, pueden ser incluidos en una participación aerofilatélica.
Esta curiosidad demuestra la razón legítima por la cual estas cartas no pudieron volar.