Por José Manuel Rodríguez
De la Sociedad Filatélica de Madrid (SOFIMA)
Secretario de la Real Academia Hispánica de Filatelia e Historia Postal.
A finales del siglo XIX se publicó un decreto de gran importancia en el que se definía, de forma muy extensa el funcionamiento de Correos (fig. 1). En él se fijaban las características y se establecían las tarifas de los distintos productos y servicios postales.
Con el ánimo de favorecer el comercio de libros y, en consecuencia la cultura, a los pedidos de librería se les favorecieron asimilándolos a impresos, lo que suponía tarifas económicas.
Así en su artículo 29 nos dice:
Y en su apartado 10º
Es decir, para que los pedidos de librería tuvieran, en vez de la tarifa de tarjetas, la reducida de impresos solo se podían poner subrayados u otros signos precisando que obras se pedían.
Esto suponía una restricción respecto a lo que se permitía en la correspondencia internacional. Por ello en la Gaceta de Madrid del 24 de Marzo de 1923 se publicó una Real Orden del Ministerio de la Gobernación en la que se aclara el apartado 10 del artículo 29 del reglamento antes citado, en los términos siguientes:
Resumiendo, en los pedidos de librería se podían escribir, a mano o a máquina, hasta cuatro obras además de las impresas y se podían subrayar o tachar otras. Todo ello sin que perdieran, a efectos tarifarios, su carácter de impresos. Si se escribía algún otro texto adicional ya no se considerarían impresos y tendrían que franquearse como una tarjeta normal.
Eso es lo que ocurre en los dos ejemplos de las figuras siguientes.
Las figs. 1 y 3 presentan los anversos de dos pedidos de la librería Faso de San Sebastián, circulados el 19 de noviembre de 1935 y el 17 de octubre del mismo año, ambos con el mismo texto impreso:
Tarjeta para pedidos de Librería
(Bulletin de comande de Libraire)
Convenio Postal Cap. XVII art.4º m.
El texto está escrito también en francés y hace referencia a un convenio internacional. Seguramente el impreso estaba previsto para pedidos tanto a España como al extranjero. La tarjeta soporte es idéntica, pero los franqueos son diferentes El primero, 2 céntimos, corresponde a impresos y el segundo, 15 céntimos, a tarjeta postal, según tarifa de 1 de agosto de 1931.
La razón de esta diferencia la encontramos en los reversos, fig. 2 y 4 respectivamente. En el primer caso (fig. 2) solo hay escrito, a máquina, la petición de un libro. Las anotaciones manuscritas son del destinatario. Por lo tanto entra, con rigor, en lo previsto en la disposición de 1923 y se franquea como impreso.
Fig. 1
Fig. 2, reverso de la anterior
En el segundo caso, en el reverso (fig. 4) hay un texto que no es estrictamente un pedido, sino una serie de informaciones y comentarios que exceden de lo que sería un pedido, por lo que se franquea como tarjeta postal.
Fig. 3
Fig. 4, reverso de la anterior.
En las figuras 5 y 7 y 6 y 8 vemos un caso similar. Son dos tarjetas de LA HORMIGA DE ORO, circuladas el 17 de junio y el 25 de octubre de 1933, con el texto impreso:
TARJETA PARA ENCARGOS
DE LIBRERÍA
REGLAMENTO DE CORREOS
(ART.29, INDIC. 10)
Es de destacar la enorme variedad de títulos que ponían a las tarjetas: pedidos, encargos, etc. Hasta el momento he encontrado más de treinta diferentes.
Volviendo a estas dos nuevas tarjetas, la primera tiene la singularidad de que el franqueo (fig. 5) se ha realizado con sellos del AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, uno como pago del preceptivo recargo y el segundo usado como sello ordinario, lo cual no estaba permitido, y con exceso de franqueo, dado que la tarifa que le correspondía, como impresos, era de 2 céntimos. Como vemos en el reverso (fig. 6) solo se ha escrito un pedido, cumpliendo lo previsto.
Fig. 5
Fig. 6
En esta última tarjeta, en el anverso (fig. 7) el franqueo es de 15 céntimos, como tarjeta postal, más el recargo del AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, franqueo que se justifica por lo escrito en el reverso (fig. 8) que vuelve a exceder la estricta petición de un libro.
Fig. 7
Fig. 8
Como vemos en estos dos ejemplos, los libreros imprimían sus tarjetas a las que daban el uso que necesitaban. Si las utilizaban estrictamente para pedidos las franqueaban como impresos. Pero si las utilizaban para comunicarse con los editores o mayoristas sobre otros temas entonces las franqueaban como tarjetas postales. Dos usos … dos tarifas.
Felicidades José Manuel por «abrir el melón» y gracias a Jacinto por su dedicación ¡Vamos a por otro oro!
JEP