Las normas SREV de la FIP para enteros postales definen el concepto de entero postal de una forma muy estricta: “Los enteros postales comprenden material postal que o bien porta un sello impreso oficialmente autorizado o un emblema o inscripción indicando que un valor facial específico de un servicio postal o análogo ha sido previamente pagado”.
Esta definición deja fuera un buen número de documentos. Así lo ha constatado recientemente la Federación Interamericana de Filatelia (FIAF), solicitando cambios sustanciales en dichas normas: “Recientemente un crecido número de Administraciones Postales han introducido enteros postales en los que mientras son vendidos al público a un precio especificado, solamente indican que un servicio determinado/tarifa postal ha sido previamente pagado sin que se especifique ninguna indicación de valor “sin valor especificado” (NVI). Tal material podría ser evidentemente incluido en colecciones y participaciones de Enteros Postales”.
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