Por José Martínez Martínez.
Socio de la Sociedad Valenciana de Filatelistas.
CARTERIAS PARTICULARES
Se conoce con el nombre de «Agencias Postales Auxiliares» a una clase de oficinas similares en todo a las oficinas de las «Agencias Postales Rurales» en actual funcionamiento, conforme a la O. M. de 11 de Julio de 1944 (hoy inoperante) e instrucciones de 31 de mayo de 1949 (Nº 694), con la sola diferencia de no prestar estas nuevas agencias los servicios de distribución de correspondencia a domicilios, ni de salir a recibir y entregar la correspondencia al paso de ningún servicio de transporte, ya que el primero será realizado por los carteros urbanos de la población, y el enlace se efectuará por los medios propios de la Administración en cada caso.