IMPUESTO DE GUERRA (1874-1879)

Edelmiro Rúa Álvarez, Presidente del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos y miembro de la Junta Directiva de SOFIMA desarrolló el pasado 22 de febrero una conferencia sobre un tema sobre el que ha investigado durante más de dos décadas y del que tiene una colección galardonada con medalla de oro en numerosas exposiciones: Las emisiones de Impuesto de Guerra entre 1874 y 1879.

El conferenciante empezó situando el contexto histórico, político y económico de los años de los años precedentes, en un país inmerso en la tercera guerra carlista y un déficit que, el 28 de febrero de 1873, alcanza los 428,6 millones de pesetas, cantidad superior a la riqueza tributaria española. Ante esta situación el gobierno determina, según decreto de 2 de octubre de 1873 la creación de un impuesto transitorio de guerra con el fin único de sanear la maltrecha economía, ordenando la impresión de sellos de 5 y 10 cts destinados a “… todas las cartas o pliegos que circulen en la Península e islas adyacentes, así como las que se dirijan a las provincias españolas de Ultramar por medio de los buques – correo españoles…”(Artículo 3)

Muestra de la emisión de 5 cts de 1874 con firma de Narciso de Monturiol

A continuación analizó los aspectos legales de las emisiones, con las disposiciones de 22 de noviembre y 15 de diciembre de 1873, eximiendo del impuesto al correo interior y postales respectivamente, la circular de 28 de agosto de 1877 incrementando las tarifas del impuesto a 15 y 50 cts. para cartas ordinarias y certificados y la última la circular de 27 de febrero de 1879, por la que se suprimen suprimen los sellos, aunque no el impuesto como destacó, que siguió en vigor hasta 1882 por el sencillo procedimiento de incorporar su importe a la tarifa de correos

…los sellos de Impuesto de Guerra se usaron tanto para el franqueo de las cartas como para un uso estrictamente fiscal ya que sirvieron para gravar todo tipo de operaciones, emitiéndose sellos de valores altos que se han visto muy raramente circulados en cartas.

Edelmiro situó a los sellos de las cinco emisiones del periodo de vigencia en su contexto en relación con las emisiones de correos con las que coexistió, ilustrando la conferencia con los ejemplares emitidos, pruebas, habilitaciones locales, ensayos e incluso la última serie que no llegó a emitirse y los falsos postales existentes.

El estudio de las tarifa llevó al análisis de todo tipo documentos postales conocidos, con ejemplares de su colección en primer día de circulación (1 de enero de 1874), enteros postales con sobrecarga de impuesto de guerra y todo tipo de usos y franqueos, bisectados, utilizaciones indebidas, sustitutivas, y un largo etcétera que hicieron las delicias de los oyentes.

Carta circulada de Pamplona a Madrid (28/09/1877) con tira de 3 sellos del 5 cts error de color para satisfacer la tasa de 15 cts de impuesto de guerra, uno de los dos sobres conocidos con esta composición

Destacó asimismo que los sellos de Impuesto de Guerra se usaron tanto para el franqueo de las cartas como para un uso estrictamente fiscal ya que sirvieron para gravar todo tipo de operaciones, emitiéndose sellos de valores altos que se han visto muy raramente circulados en cartas.

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